lunes, 30 de noviembre de 2009

Tribunal Constitucional: Caso Práctico


Este fin de semana ha trascendido el resultado del Referendum sobre la construcción de minaretes en Suiza que a partir de ahora su edificación estará prohibida en la Confederación Helvética. La noticia puede parecer anecdótica y cómica pero plantea cuestiones serias sobre la Democracia y la legitimidad de ciertas decisiones que emanan de una mayoría. Muchos sectores de Derecha, obsesionados con la ridícula de Eurabia, van a celebrar el resultado como una victoria de la democracia y una fisura en la equivocada política multicultural europeo. Otros simplemente vamos a ver una censura de los derechos de ciertas minorías. Aquí no estamos hablando de imposición de burkas, de ablaciones u otras prácticas que pueden vulnerar los derechos o legislaciones de nuestros países, sino que aquí se trata de una simple expresión arquitéctonica que a priori solo puede ofender cierto sentido de la estética.

¿ Tendría sentido que un Tribunal Constitucional se pronunciara sobre esta Ley refrendada democráticamente ? ¿ Se debe considerar establecer salvaguardas de acuerdo a un texto o norma fundamental ? ( Ignoro el cuerpo institucional suizo, si existe Carta Magna o no, y un tribunal análogo) Es decir ¿Debe existir un Tribunal de último recurso que pueda matizar la voluntad del propio pueblo sea cual sea?

El populismo es una pendiente muy deslizante. Nos sorprenderiamos de los resultados que ciertos referendums podrían arrojar sobre ciertos temas calientes tales como penas para terrorismo, ilegalización de la Inmigración, etc... La democracia es un metodo justo de toma de decisiones pero no aporta nada sobre su contenido. Mucha gente se llena la boca con la palabra Democracia pero cuando los resultados de ésta no son los esperados o no encajan en cierta visión política , son desechados o directamente invalidados (Ley de Partidos) . Un regimen puramente democrático puede ser despiadado, cruel y sectario. Nada se lo impide, de ahí la creación de Constituciones o Derechos fundamentales que sirván de garantía a la ciudadanía.

Y volvemos a la pregunta aplicada a la actual polémica del Estatut: ¿ Tiene sentido un Tribunal Constitucional ? ¿ Una Tercera Cámara donde dirimir las emanaciones de Congreso, Senado y voluntades populares ? Yo entiendo que sí pero con matices. La inspiración del TC viene claramente de la tradición institucional estadounidense que tiene un organo supremo análogo pero todo sea dicho la Constitución Americana es un pequeño compendio de derechos sencillos que es facil contrastar e interpretar. ("¿ Vulnera la libertad de Expresión ? ¿ Está de acuerdo con la quinta enmienda ?" ) Sin embargo la madeja de la Constitución Española, mucho más elaborada de acuerdo a la tradición europeista, ya no es de tan fácil interpretación. Casarla con un Estatuto de Autonomía provoca una casi total revisión de preceptos. No me parece viable y acaba constituyendose una tercer foro judicialista/politizado al que recurrir de forma sistemática cualquier Ley o Reforma. En casos como éste ante complejas reformas como las estatutarias, fruto de renegociaciones y difíciles equilibrios, el TC se convierte en una especie de filtro final insufrible. La gente se escandaliza de que tarden 3 años pero ¿se entiende la ardua tarea de casar todo un Estatuto con una Constitución ? A mí me parece un trabajo de locos. De nuevo, la reforma de nuestro insuficiente marco constitucional clama al cielo.
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PS: Este artículo se ha redactado teniendo en cuenta el espíritu de la Ley de Godwin.

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